martes, 19 de octubre de 2021

Documaster - Una condena casi a perpetuidad ,./ Al Médico - El centro de vacunación del Palacio de Congresos de Cáceres dejará de funcionar este mes ,./ Tarde de café - El mercadillo se traslada, desde este sábado, alrededor del Mercado de abastos que se abre el viernes 8 ,.

  TITULO:  Documaster - Una condena casi a perpetuidad ,.

 Una condena casi a perpetuidad ,.

 

Prisión permanente revisable La sentencia del Tribunal Constitucional que avala la ley, la más dura de Europa, garantiza que los peores criminales estarán al menos 25 años en prisión en un régimen sin permisos,.

foto / Aquellos que por sus crímenes han recibido la condena más alta que existe en España, la prisión permanente revisable, se encuentran recluidos con una rutina similar a la del resto de presos que sí podrán disfrutar, o ya lo hacen, de los beneficios penitenciarios usuales, y no viven en módulos aislados o con regímenes especiales. La diferencia es que los condenados a la permanente, que ingresan en cuanto hay sentencia, deben aguardar 25 años a que se revise su situación penitenciaria por primera vez, y sólo entonces se les podría permitir salir del recinto carcelario o acortar el tiempo de reclusión, bajo medidas estrictas de vigilancia. En los casos más graves, deben aguardar hasta 35 años.

Ana Julia Quezada. 27 de febrero de 2018 (Almería)

Engañó a Gabriel, de 8 años y 24 kilos de peso, hijo de su pareja, para que fuera a la finca familiar. En ese lugar deshabitado le agredió, golpeó y asfixió con sus propias manos hasta matarle. Luego cavó una fosa y cortó el cuerpo con un hacha. Durante la búsqueda del niño, fingió estar afligida y entorpeció la búsqueda.

  • Ada de la Torre16 de enero de 2019 (Bilbao) Al quedarse sola en casa con su hija Kiara de nueve años, le suministró los fármacos lormetazepan, citalopram y lidocaína en grandes cantidades. «Oprimió sobre su cara una almohada para producir asfixia en la niña, cuando ya no podía reaccionar ni defenderse». Después ingirió los mismos medicamentos y se abrazó al cuerpo de la hija.

«En el fondo, lo que hay detrás es una prisión perpetua», señala Jon Landa, director de la Cátedra Unesco de Derechos Humanos de la Universidad del País Vasco. «En abstracto, este tipo de pena se permite en Europa pero se debe poder revisar antes de los 25 años, para que la persona que entra en prisión tenga la esperanza de la reinserción. Se tiene que dar la oportunidad de que cambie y eso está vinculado a que existan revisiones reales. De lo contrario se convierte en trato inhumano y degradante. Y con periodos de tiempo tan cautelares es realmente muy difícil que la persona encarcelada escape del control de una pena perpetua, porque no le da la vida para ello».

En España son 27 las personas que cumplen en la cárcel una pena de prisión permanente revisable desde que en 2017 se dictara la primera condena de este tipo. Con sentencia firme, es decir, que ya no se puede recurrir, son 18, según datos de Instituciones Penitenciarias, el Gobierno vasco y el Departamento de Justicia de Cataluña. Mientras el caso se dirima todavía en el sistema judicial, los condenados son considerados como «internos preventivos» por las autoridades carcelarias. La prisión permanente revisable no exige ni permite ningún tipo de tratamiento distinto para los condenados, insiste otra fuente de Justicia.

José Enrique Abuín 'El Chicle'. 22 de agosto de 2016 (A Pobra do Caramiñal)

De madrugada emboscó y aturdió a Diana Quer, de 18 años, que volvía a su domicilio. La inmovilizó, la introdujo en el maletero de su vehículo y la llevó a una nave industrial abandonada. Allí la sometió a la fuerza, la desnudó y agredió sexualmente. Para ocultar este delito contra la libertad sexual, la ahorcó con una brida plástica atada al cuello y arrojó el cuerpo desnudo a un pozo de agua dulce. Al menos veinte días después volvió para lastrar el cadáver con bloques de adobe unidos por cables.

  • Mounir Ayad. 2 de mayo de 2017 (Madrid) Entró al cuarto de baño donde se duchaba Rakel, su pareja que le había recriminado su comportamiento, y le asestó 30 «puñaladas por todo el cuerpo». Ella murió por la hemorragia masiva y el shock cardiaco. Luego atacó al hijo de ella, Markel, de once años, de forma sorpresiva por la espalda con el mismo cuchillo y le causó 16 heridas.

La prisión realiza informes sobre su comportamiento que pasan a los tribunales para denotar su evolución. Ni en los recintos gestionados por instituciones penitenciarias, ni en los de Cataluña y País Vasco están en espacios diferenciados y los módulos se asignan en función del delito cometido. En este caso, con otros que han cometido delitos violentos. La motivación de estos condenados para participar en las actividades ideadas para allanar el camino a la reinserción es poca, aunque tengan, advierte la fuente penitenciaria, tratamiento individualizado y las actividades las paute el centro penitenciario.

Todos cometieron delitos de asesinato con alevosía y diferentes agravantes. Unos, con víctimas menores de 16 años, como el primero que recibió esta condena, David Oubel, que decapitó a sus hijas Candela y Amaia, de 9 y 4 años, con una motosierra. Suelen tener además la agravante de parentesco. Otros asesinaron a personas con especial vulnerabilidad, como enfermedades incapacitantes, como sucedió con Rafael García, que mató a su mujer, afectada por la enfermedad 'huesos de cristal'. Y en 2019 se condenó por primera vez a un hombre, Pablo Catalán, por cometer asesinato después de ejercer violencia sexual contra su víctima.

Alejandra García Peregrino. 30 agosto de 2017 (Navarra)

Su pareja tenía un hijo de ocho años y espectro autista. Cuando estuvieron a solas, le «abordó de forma repentina por la espalda» y con una camiseta que el niño llevaba puesta «tiró de los extremos presionó hasta que causó su muerte». Después simuló que desconocidos abusaron de ellos.

  • Enrique Romay. 12 de marzo de 2017 ( Sevilla) A primera hora, bajo los efectos del alcohol y la cocaína, atacó a Ana María en la calle para agredirla sexualmente. Con un arma blanca y a la fuerza trató de doblegarla, y la despojó de sus ropas. Al no lograr perpetrar la violación, debido a la fuerte oposición de la mujer, la golpeó en cara y cabeza y le clavó el cuchillo varias veces en el abdomen y un muslo. Para evitar que le denunciara, le causó la muerte con heridas en el cuello, que seccionaron la tráquea y varios vasos sanguíneos.

No todas las peticiones de prisión permanente revisable solicitadas por la Fiscalía o por la acusación particular son concedidas por el tribunal. Los primeros dos años, por ejemplo, se rechazó en distintas jurisdicciones y los asesinatos juzgados recibieron penas de entre 24 y 6 años, incluso con agravantes de parentesco. Tampoco han sido los tribunales de primera instancia los que dictan siempre esta sentencia, que puede ser corregida en los Tribunales Superiores de cada jurisdicción, que suelen ratificarla.

De mayor gravedad

Hasta el Supremo han llegado once apelaciones, según la base de datos del Consejo General del Poder Judicial, y sólo una vez rebajó la pena. Fue para Sergio Díaz, que había asestado una treintena de puñaladas y golpes a Salvador Valentín, víctima de un ictus y de 66 años, en Las Palmas. Fue en 2019 y la condena final fue de 24 años a la sombra. En los otros diez casos, el Supremo ha ratificado la condena dictada por tribunales de Galicia, País Vasco, Madrid, Canarias, Cataluña, Andalucía, Castilla y León y Castilla-La Mancha.

Patrick Nogueira. 17 de agosto de 2016 (Pioz)

En presencia de los niños, en la cocina de la casa de sus tíos, cortó el cuello a la madre cuando fregaba los platos, desprevenida. Los niños gritaron, se abrazaron y quedaron paralizados de miedo. El hombre se acercó y degolló primero a Carolina, de cuatro años, y a continuación a David, de un año. Esperó a su tío, al que también asesinó después de una lucha en la que le asestó 14 puñaladas. Descuartizó los cuerpos y los metió en bolsas plásticas. Se aseó y marchó. Horas después abandonó España.

En cifras

  • 25 años deben transcurrir para que se revise judicialmente por primera vez el caso.

  • 18 personas tienen esta condena firme en España, según las instituciones penitenciarias.

«La prisión permanente revisable es muy novedosa en España y se incorpora para los crímenes contra el bien superior que es la vida, en los casos más graves, como matar a menores de 16 años, personas especialmente vulnerables, después de haber cometido un crimen sexual para no ser descubierto, contra jefes de Estado, como el Rey, o genocidios», explica Alberto Rodríguez-Mourullo, profesor de Derecho en la Universidad Comillas. «En España el Código Penal ha sido objeto de varias reformas que han aumentado la severidad de las penas y, comparado con los países de nuestro entorno, es de los que tienen mayor gravedad. La máxima estuvo en 20 años, se subió a 30 y luego a 40 antes de la prisión permanente revisable».

En el último de los casos ratificados en el Supremo se dirimió si Alejandra García Peregrino había asesinado a Dominique, un niño de 8 años que era hijo de su entonces pareja y pasaba esos días en su casa, con las agravantes que establece la ley para castigar con la permanente revisable que había solicitado la Fiscalía, ya dictada en las dos instancias previas. En su resolución de mediados de septiembre ratificó la pena máxima impuesta.

Después de que la democracia aboliera la pena de muerte y la cadena perpetua reimpuestas por el franquismo (ya habían sido eliminadas antes de la dictadura, en 1928 la perpetua y en 1932 la de muerte), el Legislativo reformó el Código Penal en 2015 para añadir la prisión permanente revisable. Gobernaba el Partido Popular con mayoría absoluta. El PSOE, acompañado por varias de las fuerzas políticas que hoy le apoyan en la coalición de Gobierno, impugnó ante el Tribunal Constitucional. Ahora, más de seis años después, el Tribunal Constitucional avala la ley y declara que sí encaja en la Constitución con su actual redacción.

«El recurso de inconstitucionalidad, que se puso en el plazo legal al poco de aprobarse la ley, planteaba que la prisión permanente revisable era contraria a tres artículos de la Constitución, los que proclaman la prohibición de penas inhumanas, las penas indeterminadas y el mandato de resocialización que deben orientar a las penas privativas de libertad», señala Juan Antonio Lascuraín, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid. «El plazo de revisión se produce en un momento muy posterior a la condena y se planteó que podría ser negativo que el sujeto esté toda la vida en prisión. Se trata de una pena indeterminada porque es de 25 años como poco, y el límite hacia arriba es el de la muerte».

Entre votar en contra, lo que hubiera significado que la ley queda «expulsada del ordenamiento», en palabras de Landa; y votar a favor plenamente, el Constitucional optó por una vía intermedia, la de interpretar la redacción, salvando la ley al instruir a los jueces sobre cómo aplicarla.

Daniel Montaño. 24 de enero de 2016 (Vitoria)

Entró en el dormitorio donde dormían madre e hija. Comenzó a golpear a la mujer en la cara con el puño, luego en el suelo. La amenazó con matarla, rompió la ventana, le clavó un trozo de cristal en el cuello. La pequeña, de 11 kilos, se acercó a su madre, y el verdugo la alzó y tiró por la ventana. Con el cráneo roto, murió dos días después.

Mano dura

Para los detractores, incluyendo a los analistas independientes consultados, el plazo de revisión y las normas precisas para llevarla a cabo planeaban sobre una posible llamada de atención a los legisladores. Sin embargo, en su resolución del miércoles de esta semana, el Constitucional fijó su atención en dos puntos relativos a la libertad condicional del penado con prisión permanente revisable, y no en los otros aspectos de la ley.

Los vocales del Tribunal de Garantías, divididos en la votación en un siete contra tres, para que la norma se «interprete conforme la Constitución» y sólo revoque la condicional si el «liberado incurre en un nuevo delito» y que, si sucede, no sea «impedimento» para una nueva revisión, acotando así la posibilidad de que se imponga una perpetua de facto a los reincidentes. En los demás puntos validan los argumentos iniciales del Partido Popular, expuesta en la redacción de la ley: se aplica sólo en los supuestos más graves, está sujeta a un régimen de revisión que anula su posibilidad perpetua y se mantiene el objetivo de reeducar y reinsertar al preso.

El matiz político de un tribunal dividido entre conservadores y progresistas, con mayoría de los primeros, influye en «la política criminal», resume Rodríguez-Mourullo. «La de la derecha se caracteriza por la mayor severidad y la izquierda, en lo garantista y la recuperación del individuo delincuente. El PP, que ya había intentado aprobar la ley en 2010, invoca que los delitos graves se atajan con esta pena y señalan a Alemania, Francia e Italia. Pero esos países tenían la pena de muerte y la suprimieron para establecer la prisión permanente que se revisa a partir de los diez y los 18 años. Es una dinámica diferente a la española, donde no existía ni la pena de muerte ni la perpetua. Aquí, con una revisión a partir de los 25 años, el sujeto estará totalmente arrasado en su personalidad y será imposible que pueda salir».

El Constitucional tenía en sus manos mantener o derogar una ley que endurece las penas, y que no ha demostrado, por sus largos plazos de prisión y escasa vigencia, que sirva para disuadir a otros individuos a cometer los más atroces delitos. Optó por la mano dura de una condena casi perpetua. 

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La decisión de poner la tercera dosis a mayores de 70 años en los centros de salud permite desmantelar este recinto,.

 Interior del Palacio de Congresos de Cáceres, abierto para vacunaciones desde el pasado 12 de abril. /HOY

Seis meses después de su apertura, en el mes de abril, el Palacio de Congresos se prepara para dar por concluidas sus funciones como vacunódromo. Así lo anunció ayer el consejero José María Vergeles, que asistió en Cáceres a un acto del colegio de Veterinarios. , etc,.

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El mercadillo se traslada, desde este sábado, alrededor del Mercado de abastos que se abre el viernes 8 ,.


Desde el consistorio se recuerda que aún quedan algunos puestos sin adjudicar, e invitan a los posibles interesados en abrir en este espacio su negocio, que se pongan en contacto con la Oficina Municipal de Promoción Empresarial y Empleo para obtener toda la información y realizar el trámite,.

 Interior del mercado reformado /HOY

El Mercado de abastos, tras su remodelación abre sus puertas este viernes con apenas 4 puestos ocupados y la posibilidad de que lo hagan otros dos más.

Desde el consistorio se recuerda que aún quedan algunos puestos sin adjudicar, e invitan a los posibles interesados en abrir en este espacio su negocio, que se pongan en contacto con la Oficina Municipal de Promoción Empresarial y Empleo para obtener toda la información y realizar el trámite. Se dice en una nota.

 Tarde de Café • A podcast on Anchor

El mercadillo de los sábados, que desde que comenzaran las obras de reforma del Mercado de Abastos quedó instalado en la Plaza de España, volverá este sábado 9 de octubre a su emplazamiento original en los alrededores de la Plaza de abastos

Circulación en la zona los sábados

Todos los puestos que cada sábado se instalaban en la Plaza de España podrán visitarse ahora en el entorno al Mercado de Abastos, donde se podrán adquirir los mismos productos que ofrecen a sus clientes.

Como era habitual en esta zona, el tráfico quedará cortado durante las horas en las que esté instalado el mercadillo en la calle Doctor Fernández Santana desde el Ayuntamiento hasta la calle Parras.

También se advierte que habrá menos plazas de aparcamiento y la circulación puede que sea menos fluida por la entrada de la calle Padre Luis, donde los comerciantes suelen aparcar sus vehículos.




 

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